3 de mayo de 2008

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circulo de comercio exterior
Decreto por el que se otorgarán facilidades en Materia Aduanera y de Comercio Exterior para promover la competitividad de las empresas

El 31 de marzo de 2008 las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y la de Economía, publicaron el Decreto por el que se otorgarán facilidades en Materia Aduanera y de Comercio Exterior para promover la competitividad de las empresas, entre las que destacan:


I. Exime a los importadores de la obligación de:
  • Garantizar el pago de contribuciones en mercancías sujetas a precios estimados en importaciones definitivas cuando se declare en el pedimento un valor inferior al precio estimado así como cuando efectúen el tránsito interno o internacional, respecto de 332 fracciones arancelarias, excepto cuando se trate de vehículos.
  • Inscribirse en el Padrón de Importadores de Sectores específicos, excepto que se trate de la importación de mercancías que puedan representar un riesgo en materia de salud pública y seguridad nacional.
  • Anexar al pedimento de importación los datos de identificación individual de las mercancías a que se refiere el Anexo 18 de las RCGMCE, excepto cuando se trate de aquéllas que puedan representar un riesgo en materia de salud pública y seguridad nacional y que dará a conocer la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través de reglas de carácter general.
  • Acompañar al pedimento de importación los documentos a que se refiere el Acuerdo por el que se establecen las normas para la determinación del país de origen de mercancías importadas y las disposiciones para su certificación, publicado en el DOF el 30 de agosto de 1994.
  • Tramitar ampliación de programa IMMEX para incorporar al programa:
    1. Mercancías señaladas en el artículo 4 del Decreto IMMEX, necesarias para sus procesos de operación de manufactura.
    2. Productos finales a exportar para destinar las mercancías importadas al amparo del propio programa a su producción.

Excepto tratándose de las mercancías a que se refieren los anexos II y III del Decreto IMMEX, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de noviembre de 2006.

II. Acciones permanentes:
  • Simplificación, agilización y automatización del despacho aduanero.
  • La revisión y disminución de medidas de control que incrementan tiempos y costos de las operaciones aduaneras.
  • Adopción de medidas para automatizar el trámite de expedición de regulaciones y restricciones no arancelarias, así como la revisión, eficientización, disminución o eliminación de éstas.
  • Simplificación de procedimientos administrativos, e incorporación de medidas de autocorrección y de rectificación espontánea.
  • Revisión del marco jurídico de infracciones y sanciones.

III. Otras medidas relacionadas con el comercio exterior
  • Se prorroga hasta 2010 la vigencia de algunas resoluciones sobre registros de productos elegibles para preferencias y concesiones arancelarias para la obtención de certificados.
  • Se amplia a 3 años la vigencia de los registros de los productos elegibles para preferencias y concesiones arancelarias para la obtención de certificados de origen con algunos países.
  • Establecer un sistema digital de emisión inmediata de certificados de origen para exportar a la República de Colombia.
  • Establecer un sistema digital de registro de domicilios en los que realizan operaciones las empresas IMMEX.
  • Ventanilla única para trámites electrónicos de la Secretaría de Economía.
  • Se otorgará el carácter de Exportador autorizado al amparo del TLCUE y del TLAELC, a las personas físicas o morales que exporten, mercancías con un valor de al menos US$200,000 usd anualmente, productos perecederos y productos artesanales.
  • Las secretarías de Hacienda y Crédito Público y de Economía, previa consulta con los sectores productivos, desarrollarán un sistema de monitoreo de las operaciones de comercio exterior a fin de evaluar el cumplimiento y funcionamiento de las regulaciones aplicables.

25 de diciembre de 2007

Musica -Cirtrade

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CIRTRADE

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18 de abril de 2007

circulares

circulo de comercio exterior

R-062/2007
México D.F., a 17 de Abril de 2007

Resumen Ejecutivo de Circulares Publicadas el 17/04/07

A TODOS LOS ASOCIADOS:



IMMEX
Se da a concer el Segundo Acuerdo por el que se dan a conocer los números de programas para la industria manufacturera, maquiladora y de servicios de exportación.

27 de febrero de 2007

CIRTRADE.-
Fecha:27/02/2007 Asunto Boletín P017 (Entrada en vigor cuarto párrafo de la regla 3.1.5)

BOLETIN INFORMATIVO

Núm. P017
Febrero 27, de 2007

Entrada en vigor cuarto párrafo de la regla 3.1.5
Por este conducto se informa que la Administración Central de Operación Aduanera de la Administración General de Aduanas solicitó a la Administración Central de Normatividad de Comercio Exterior y Aduanal de la Administración General Jurídica mediante oficio 326-SAT-I-18869 del 27 de Febrero, ampliar el plazo de entrada en vigor del cuarto párrafo de la regla 3.1.5 del 1 al 31 de marzo de 2007.
Cualquier duda o comentario comunicarse con la Lic. Anel Márquez Saldaña al teléfono 58 02 22 11 o vía correo electrónico a la dirección anel.marquez@sat.gob.mx.
Sin más por el momento, reciban un cordial saludo.