circulo de comercio exterior
BOLETIN INFORMATIVO
Núm. P076
Fecha: 16 de mayo de 2011
Asunto: Mercancías procedentes de Japón
En alcance al Boletín número P058 y derivado de los sucesos registrados tras el
sismo en Japón, se solicitó a la Administración General Jurídica, la adición de un
artículo resolutivo, indicando lo siguiente:
“XXX. Tratándose de mercancías provenientes directamente de Japón que se clasifiquen en
las fracciones arancelarias descritas en el artículo 1, apartado B, del Acuerdo que establece la
clasificación y codificación de mercancías y productos cuya importación, exportación,
internación o salida está sujeta a regulación sanitaria por parte de la Secretaría de Salud,
publicado en el DOF el 27 de septiembre de 2007, y el artículo 1, apartado B, del Acuerdo que
modifica el similar que establece la clasificación y codificación de mercancías y productos
cuya importación, exportación, internación o salida está sujeta a regulación sanitaria por parte
de la Secretaría de Salud, publicado en el DOF el 23 de enero de 2009, sólo podrán ingresar a
territorio nacional, por las aduanas de Manzanillo, Veracruz y del Aeropuerto Internacional de
la Ciudad de México, a partir del 19 de mayo de 2011 y hasta que así lo indiquen las
autoridades competentes.”
Cabe señalar que, dada la situación de salud pública y conforme a lo requerido por
las Dependencias competentes, la disposición antes referida entrará en vigor el día
19 de mayo de 2011.
En el caso de que las mercancías antes citadas, no provengan